El ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, entregó este día al presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, piezas de correspondencia para eliminar el cobro del Impuesto Sobre la Renta a los aguinaldos y la compensación adicional en efectivo para empleados públicos y privados, que no exceda los $1,500 dólares.
- Además, disposiciones transitorias para exonerar del pago del pago de derechos e impuestos por la introducción de bienes nuevos a viajeros salvadoreños procedentes del exterior. El valor no debe de superar los $3,000 dólares.
La última disposición solo será aplicada durante la temporada navideña, desde el 1 de diciembre de 2022 hasta el 31 de enero del próximo año.
Según el titular de Hacienda, son alrededor de 565 mil salvadoreños que serán beneficiados con ser exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta de aguinaldos, siempre que este no supere los $1,500 dólares.
Además, la ministra de Economía, María Luisa Hayem, enfatizó que estas medidas beneficiaran la economía de los hogares salvadoreños.
Aguinaldos en El Salvador
En el país el pago de aguinaldos se realiza en base a los artículos del 196 al 202 del Código de Trabajo vigente.
Art. 196.- Todo patrono está obligado a dar a sus trabajadores, en concepto de aguinaldo, una prima por cada año de trabajo. (Art. 38 ordinal 5to de la Constitución, artículos 197,198,199,200,201,202,425inc.2,586inc2, y 613 del Código de Trabajo)
Art. 197.- Los Patronos estarán obligados al pago completo de la prima en concepto de aguinaldo, cuando el trabajador tuviere un año o más de estar a su servicio.
Si los trabajadores que al día doce de diciembre no tienen un año de estar laborando en un mismo lugar, tienen derecho a que les paguen la parte proporcional al tiempo laborado de la cantidad que les habría correspondido si hubieren completado un año de servicios hasta la fecha indicada.
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