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sábado, 05 octubre, 2024

Autoridades incautan embarcación con 1.3 toneladas de drogas

En un golpe al narcotráfico, las autoridades informaron sobre la incautación de drogas de 1.3 toneladas de cocaína.

La Marina Nacional interceptó una embarcación a 880 millas náuticas (1,630 kilómetros) al suroeste de la Bocana El Cordoncillo, estero de Jaltepeque, La Paz, en la que se trasladaban 1.3 toneladas de drogas valoradas en aproximadamente $32.5 millones.

De acuerdo con el presidente Nayib Bukele, la embarcación llevaba a bordo a 3 tripulantes, uno de nacionalidad ecuatoriana y dos colombianos. También puntualizó que el navío transportaba 1.3 toneladas de cocaína.

De acuerdo con el mandatario, también se localizó otra embarcación, que estaría a cargo de recibir la droga. Con referente a lo anterior, encontraron a tres personas más de nacionalidad mexicana.

Bukele dijo que esta operación representa la incautación de droga más lejana de las costas salvadoreñas en la historia del país.

Video/TCS

Reciente incautación de drogas

El pasado 27 de marzo, una lancha que transportaba narcóticos fue incautada por la Fuerza Naval de El Salvador, a 490 millas náuticas, también al suroeste de la Bocana el Cordoncillo, estero de Jaltepeque.

Las autoridades informaron que en la embarcación viajaban nueve tripulantes:

  • Seis de origen ecuatoriano
  • Tres guatemaltecos.

Un mes después, el Juzgado de Paz de San Luis La Herradura ordenó instrucción formal con detención provisional contra los sujetos, quienes fueron acusados por el delito de tráfico ilícito de drogas.

La Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en el capítulo IV de los delitos de posesión y tenencia, en los artículos 36 y 37, estipulan lo siguiente:

  • Comercio, Tráfico y Almacenamiento Ilícito

Art. 36.- El que sin autorización legal adquiere, enajenaré a cualquier título, importaré, exportaré, depositaré, almacena, transportaré, distribuyere, suministraré, vendiere, expendiere o realizaré cualquier otra actividad de tráfico, de semillas, hojas, plantas, florescencias o las sustancias o productos que se mencionan en el artículo 34, será sancionado con prisión de cinco a quince años.

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