Septiembre es un mes cívico, en el que El Salvador conmemora la Independencia patria, pero, ¿sabía usted que existe una ley de los símbolos patrios y en ella, se explica las formas correctas del uso de la bandera y del escudo nacional?, a continuación, le ampliamos.
En la ley se contempla el uso correcto de la bandera, así como las medidas específicas que se deben dar. Es importante saber que los símbolos patrios solo son: la bandera, el escudo de armas y el himno nacional.
Sobre este tema, Gregorio López, historiador, explicó que estos son cambiantes, en el sentido que, hasta la fecha, no se tienen los que se platearon originalmente. Los que tenemos hoy en día, en el caso del himno nacional, es de 1879. Mientras que la bandera es del siglo XX, cuando el gobierno de Manuel Enrique Araujo decidió cambiar la anterior, que era vigente desde 1865.
Video/TCS/Reportaje Elaborado por la periodista: Lidia Magaña.
¿Sabía que puede haber infracciones a los que no cumplan con la normativa?
Tomando en cuenta la ley y el Código Penal, en el capítulo V, catalogada como “Faltas Relativas al Orden y Tranquilidad Pública”, en el Artículo 396 dicta lo siguiente:
“El que públicamente menospreciaré la Bandera, el Escudo o el Himno del Estado salvadoreño, será sancionado con diez a veinte días multa”. Significa que, al realizar estas acciones, pueden tener sanciones la persona implicada.
Además, para izar la bandera, posee horarios específicos: a las 6:00 a. m. y, para bajarla, es a las 6:00 p. m.
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Tipos de banderas oficiales
- Bandera Magna
- Bandera que se usa en edificios y oficinas públicas
- Banderas de desfiles.
Imagen: TCS.
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