El ministro de Obras Públicas y de Transporte (MOPT), Romeo Rodríguez informó hoy que las reformas aprobadas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, así como al Código Penal y Código Procesal Penal ya están vigentes y publicadas en el Diario Oficial.
El ministro explicó que, con las reformas vigentes, desde el 20 de diciembre, es importante conocer los siguientes puntos referente a las recientes reformas:
Si una persona es detectada manejando bajo los efectos del alcohol en la primera vez se le aplica una multa de $150.00. El delito es excarcelable. Entre dos años a cinco años y deberá pasar cursos de reeducación vial.
En el caso de que vuelva a ser detenido por segunda vez:
- El conductor será detenido, la pena es excarcelable.
- Es acreedor de una multa de $150
- Pierde la licencia de por vida.
Si una persona que está manejando bajo los efectos del alcohol tiene un accidente y alguien muere:
Aquí las reformas permiten que la persona puede pasar en la cárcel hasta 15 años. Pierde la licencia de conducir y es acreedora de las multas de tránsito correspondiente (en muchos casos, más de una de $150), añade el funcionario.
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Reducen estadísticas de accidentes con las reformas a la Ley de Transporte
De acuerdo con las autoridades, desde el 23 de diciembre hasta el 27 del mismo mes, se ha registrado una reducción de accidentes, menos cantidad de lesionados y fallecidos en carretera. Lo que significa un 29% de siniestros viales menos en comparación al año pasado. En el caso de los lesionados hay una disminución del 35% y un 38% de fallecidos en carreteras.
Controles vehiculares se mantendrán en los próximos días
El ministro de Obras Públicas, Romero Rodríguez y el viceministro de Transporte, Nelson Reyes supervisaron esta noche uno de los controles antidoping instalados en San Salvador.
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El Viceministro de Transporte reiteró que en el país hay cero tolerancia al alcohol y quien incumpla las reformas será procesado por el delito de conducción peligrosa.
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