Con las reformas aprobadas a la Ley de Transporte, Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial por la Asamblea Legislativa, ahora las multas de tránsito se van a cancelar con montos más altos y la normativa será aplicada contra aquellos conductores que irrespeten la normativa.
Los incrementos quedan de la siguiente manera:
Multas leves: que antes era considerada con una multa de $11.43 ahora pasa a $50.00
Sanciones graves: anteriormente eran de $34.29 ahora estas suben a los $100.00
Multas muy Graves: el monto de $57.14 se eleva a $150.00.
Conociendo el monto que se deberá cancelar, ahora es importante informar cuáles son las multas que se establecen en la normativa.
Multas Leves:
Las multas leves relacionadas a la circulación son:
- Virar en U donde no es permitido
- Sobre pasar otro vehículo sin antes indicar la maniobra
Las multas leves relacionadas a la circulación son:
- Circular con placas no visibles
- No portar la tarjeta de circulación
- Circular con tarjeta de circulación vencida
- Conducir con licencia vencida
- No portar licencia de conducir
- Entre otras
Las infracciones relacionadas al estacionamiento:
- Estacionarse a más de 30 centímetros de la cuneta
- Estacionarse al contrario de la circulación de la vía
- Estacionar frente a una cochera que no le corresponda
En cuanto a la Seguridad vial:
- Conducir con luz alta en la ciudad
- Conducir sin el banderín o dispositivo de aprendizaje (con referencia al instructor)
- Circular con llantas lisas o en mal estado
- Usar halógenos en la ciudad
- Tirar basura desde los vehículos
- No encender luces direccionales al cruzar o cambiar carril
Graves
En cuanto a las infracciones graves, las multas son clasificadas bajo las mismas categorías; sin embargo, acá se incorporan los delitos de:
- Conducir describiendo curvas o haciendo «zig-zag»
- No ceder el paso a vehículos de emergencia, cuando tiene actividades las sirenas
- No respetar la fila cuando haya congestionamiento de vehículos
- No disminuir la velocidad en zonas restringidas tales como: colegios, hospitales y escuelas
- Sobrepasar a otro vehículo en boca calle
- Aumentar la velocidad cuando otro vehículo trate de sobrepasar
- Rebasar o cruzar la doble línea amarilla
Muy Graves
En cuanto a las multas muy graves, la ley indica que se debe imponer multa de 150 dólares cuando:
- Retroceder o efectuar maniobras en vías de mucho tránsito
- Conducir en sentido contrario, salvo cuando se sobrepase a otro vehículo en las zonas y momentos permitidos
- Circular a mayor velocidad que la reglamentaria
- Disputarse la vía con otro vehículo
- Conducir con licencia falsificada
- Conducir un vehículo con placas de otro automotor
- No coincidir las características físicas del vehículo con las que consta en la tarjeta de circulación
- Entre otras
En el caso de los motociclistas, será acreedor a una multa si no utiliza anteojos protectores, cuando el casco no tenga protector, así como circular en ciclovías y carriles destinados para la circulación de bicicletas.
A estas normativas se suma, circular a partir de las 6 de la tarde y antes de las 6 del siguiente día, sin que el motociclista y acompañante usen chalecos o chaquetas reflectantes visibles.
Tome en cuenta además:
- Aquella persona que tenga esquelas pendientes, no podrá renovar su Documento Único de Identidad (DUI)
- Pese al aumento en el pago de esquelas, las autoridades podrán realizar un descuento del 50% del monto total si se paga en los primeros cinco días luego de haberse impuesto.
- Con las reformas, también se contempla la disminución de puntos por esquela impuesta, es decir que, si una persona comete una infracción, dependerá del tipo de falta para restar los puntos. Según lo dictamina la ley: una multa leve equivale a 1 punto, mientras que la grave 3 puntos y finalmente la muy grave acumulará 6 puntos. Al tener una cantidad considerable, la ley permite que el infractor sea acreedor de la suspensión de su licencia, entre otras acciones.
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