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sábado, 05 octubre, 2024

Los problemas de la Ley de Compras Públicas, según analista

Jorge Villacorta, analista político, expuso en Debate TCS los puntos problemáticos que, para él, tiene la nueva Ley de Compras Públicas.

El analista político, Jorge Villacorta, visitó el programa Debate TCS para externar algunos detalles problemáticos que, para él, tiene la nueva Ley de Compras Públicas, aprobada por la Asamblea Legislativa hace dos semanas.

Dicha ley sustituirá a la actual Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP). Además, crea la Dirección Nacional de Compras Públicas (DINAC), que reemplazará a la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (UNAC).

Puntos problemáticos – Ley de Compras Públicas

Villacorta expone que la centralización de la ley anterior se repite con la nueva. Para él, la DINAC será la única encargada de elaborar las políticas y manuales para las compras que harán las instituciones públicas.

Además, considera como problema la facultad que otorga la ley de ofrecer un adelanto de hasta el 50% a la empresa que hará el proyecto respectivo. La LACAP lo techaba en un 30%.

Video/TCS

Un aspecto positivo que ve el analista, es la exigencia de la ley para las instituciones gubernamentales que quieran comprar. Las cuales deberán contar con un certificado de anticorrupción.

Sin embargo, el problema reside en que los funcionarios de elección popular (diputados, presidente, vicepresidente, alcaldes), no requieren el certificado para efectuar compras.

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Además, acotó que existe otro «mecanismo equivocado«. El que consiste en otorgarle al fiscal general tres días hábiles máximo para firmar la compra del Estado a particulares. Además, la ley no establece límites para las compras que se hagan a través de internet.

Otra dificultad que apunta es que las personas de la institución respectiva que revisen la oferta de los contratistas tienen solamente ocho días para emitir resolución.

Además, la ley permite que funcionarios puedan delegar las funciones de compra a otros. Esto violaría mandatos constitucionales, referidos a la indelegabilidad de las labores de un funcionario público.

Además, si esto se hace así y surgen problemas en el proceso, el funcionario solo tendrá responsabilidad por errores ocurridos en la primera etapa del proyecto. No así en las demás, en las que las tendrá el empleado al que se le delegó las funciones.

Por último, considera que las personas que integrarán los Tribunales de Apelación, donde se podrán presentar recursos de revisión sobre la dictaminación de un contrato, tienen que estar integrados por abogados necesariamente especialistas en Derecho Administrativo, o bien, con experiencia en el tema de compras.

La ambigüedad de los proyectos estratégicos

La nueva ley establece que quedarán excluidos de la aplicación de la misma los «proyectos estratégicos«. Para Villacorta, el problema reside en cómo se define lo que es un proyecto estratégico o no, una facultad que tendrá el Consejo de Ministros.

«Se convierte en una especie de zaguán, porque, ¿quién califica qué es estratégico?». Yo entendería que son proyectos grandes, pero ¿por qué excluirlos de la ley?», se preguntó el analista.

Video/TCS

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