Con 66 votos a favor, y 16 en contra, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron la reforma al inciso segundo del artículo 248 de la Constitución de la República, que faculta a una sola legislatura a aprobar y ratificar enmiendas a la Carta Magna.
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Tras su aprobación, este quedaría de la siguiente manera:
«Art. 248. – La reforma de esta constitución podrá acordarse por la asamblea legislativa, con el voto de la mitad más uno de los diputados electos. Para que tal reforma pueda decretarse, deberá ser ratificada por la siguiente Asamblea Legislativa con el voto de los dos tercios, o por la misma Asamblea Legislativa, con el voto de las tres cuartas partes de los diputados electos. Así ratificada, se emitirá el decreto correspondiente, el cual se mandará a publicar en el Diario Oficial. La reforma únicamente puede ser propuesta por los diputados en un número no menor de diez. No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refiere a la forma y sistema de Gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.»
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¿Cómo surgió esta petición?
Durante la Sesión Plenaria de la Asamblea Legislativa, el diputado de Nuevas Ideas, Rodrigo Ayala, solicitó una modificación de agenda para incorporar una pieza de correspondencia que contiene reforma al inciso segundo del artículo 248 de la Constitución de la República de El Salvador.
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