El arzobispo de San Salvador, José Luis Escobar Alas, brindó una conferencia de prensa, donde externó su opinión ante las recientes reformas penales aprobadas por la Asamblea Legislativa, y la reelección presidencial.
La Asamblea Legislativa, en la plenaria pasada, aprobó unas reformas a la Ley de Crimen Organizado, que contempla, entre otras cosas, hacer juicios colectivos a presuntos miembros de estructuras criminales capturados dentro del marco del régimen de excepción, por su pertenencia a la organización criminal.
Escobar Alas manifestó que espera que se siga el debido proceso, y que eso ayude a agilizar el trámite de los capturados. «Yo no me pronunciaría ni a favor ni en contra de la modalidad, sino que se administre justicia verdaderamente».
Dijo que espera que en los juicios, ya sea grupales o individuales, se favorezca la presunción de inocencia, garantizada por el artículo 12 de la Constitución:
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Hasta ahora, se ha capturado a más de 71,000 personas bajo el marco del régimen de excepción. El ministro de Defensa, Francis Merino Monroy, expuso en una entrevista en Frente a Frente en febrero, que faltaban cerca de 30,000 pandilleros por capturar. En ese momento, la cifra de detenidos era 65,000.
En otra intervención el 24 de julio, el ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, apuntó que hay todavía hay «trabajo» en la captura de miembros. Reveló muchos han huido de El Salvador, los han arrestado en otros países, y luego retornado para que enfrenten la justicia salvadoreña.
Según sus estimaciones, Guatemala ha devuelto poco más de 30, Belice arriba de 15, Honduras 4 o 5, y Costa Rica 3. México y Estados Unidos mandan diferentes cantidades.
Siete organizaciones civiles han registrado supuestas «torturas» a detenidos en centros penales, 173 muertos bajo custodia del Estado, y más de 5,400 denuncias de violaciones a derechos humanos de parte de elementos de seguridad en el régimen, incluidas presuntas capturas arbitrarias y de inocentes.
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Arzobispo sobre segundo mandato
Asimismo, se manifestó en torno a la reelección presidencial del presidente Bukele, que según algunos analistas del derecho, está prohibida en la Constitución Salvadoreña en varios artículos.
«Tengo entendido que seis artículos que prohíben de manera absoluta la reelección, es evidente, eso está prohibido», comenzó apuntando.
«Pero dicen los expertos, incluso constitucionalistas, que hay un artículo, el 152 parágrafo primero, que la admite, ¿entonces en qué quedamos, qué Constitución tenemos?«, se preguntó.
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La Sala de lo Constitucional, en la resolución 1-2021, dio luz verde a que el actual mandatario optase a la reelección una sola vez más.
Por otro lado, espera que la campaña para las próximas elecciones de 2024 sea respetuosa entre los candidatos.
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De igual forma, espera que los magistrados de la Corte de Cuentas electos por la Asamblea, sean personas «probas y libres», pues serán los que ejerzan contraloría de los fondos públicos.
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Reformas penales de la Asamblea
En la disposición transitoria, la Asamblea le da la facultad a la Fiscalía de agrupar en un mismo proceso penal a los que acuse de pertenecer a una misma estructura criminal.
Artículo 2 / https://www.asamblea.gob.sv/sites/default/files/documents/dictamenes/25BCCA53-F4F5-4120-8E5C-BA4D459EB9F9.pdf
Si no se cumple con el plazo establecido para ejercer la acusación, o si el fiscal no determina la agrupación ilícita a la que pertenece el imputado, el juez dictará sobreseimiento definitivo (fin del proceso penal).
El decreto tiene una vigencia de 24 meses a partir de su publicación en el Diario Oficial. Pasado ese plazo, se aplicarán las reglas del artículo 17 de la Ley contra Crimen Organizado.
Artículo 4 / https://www.asamblea.gob.sv/sites/default/files/documents/dictamenes/25BCCA53-F4F5-4120-8E5C-BA4D459EB9F9.pdf
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