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lunes, 16 septiembre, 2024

BCR dice que los comercios deben aceptar billetes de $50 y de $100

El Banco Central de Reserva (BCR), junto a otras instituciones, aclaró que todos los negocios deben aceptar billetes de los mayores valores.

El Banco Central de Reserva (BCR), dijo que todos los comercios tienen la obligación de aceptar billetes de cualquier denominación, incluyendo los de $50 y de $100. Así lo afirmó la institución en su cuenta de Twitter:

El BCR, junto a la Secretaría de Comercio e Inversiones y la Defensoría del Consumidor, brindaron un conversatorio para hablar sobre la obligación legal de aceptar billetes de tales valores, llamado:

«Características de los billetes de alta denominación (US$100 y US$50). Disposiciones legales sobre su circulación, y su aceptación en el país como moneda de curso legal».

En el evento participó la empresa privada y microempresarios, así como instituciones del sistema financiero.

Ley de Integración Monetaria

Douglas Rodríguez, presidente del BCR, puntualizó que la Ley de Integración Monetaria es la que clasifica a los billetes de cualquier denominación como moneda de curso legal:

«Los dólares de toda denominación tienen curso legal irrestricto en nuestro país, de acuerdo con la Ley de Integración Monetaria. Ninguna persona o empresa tiene la facultad de limitar su circulación, sin importar su denominación».

Además, agregó que, para verificar el cumplimiento de la medida, están haciendo supervisiones e inspecciones. Lo realizan junto a la Secretaría, la Superintendencia del Sistema Financiero, la Defensoría, y CONAMYPE.

Artículo 3 de la Ley de Integración Monetaria

La Ley, que entró en vigencia en 2001, y que introdujo al dólar como moneda de circulación oficial en el país, en un proceso que se denominó «dolarización», mandata, en su artículo 3, lo siguiente:

Art. 3.- El dólar tendrá curso legal irrestricto, con poder liberatorio ilimitado, para el pago de obligaciones en dinero en el territorio nacional.

El poder liberatorio ilimitado significa que no hay un monto límite en la cantidad de dólares que se pueden usar para adquirir bienes o servicios, ni un techo máximo en el tipo de billetes, sea cual sea la denominación.

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