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sábado, 07 septiembre, 2024

¡Capturan a ocho personas por comercializar animales!

La FGR, en acompañamiento de la PNC, desarticularon a una estructura que comercializaba varios animales en peligro de extinción.

En horas de la madrugada de este día, la Fiscalía General de la República (FGR) ordenó la captura de ocho personas que comercializaban animales en peligro de extinción.

De acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía, los sujetos tenían en su poder distintas aves exóticas, tales como:

  • Loras nuca amarilla
  • Cotorros frente roja
  • Pericos
  • Entre otros.

Ante este panorama, los capturados comercializaban estas especies a través de las diferentes redes sociales. Asimismo, los ofrecían en varios mercados municipales de la zona metropolitana de San Salvador.

Video/TCS

Las capturas fueron ejecutadas en acompañamiento de la PNC y ejecutaron varios allanamientos en las viviendas de los imputados, ubicadas en:

  • San Salvador
  • Soyapango
  • Aguilares
  • Sonsonate
  • Cuscatlán.

Cerca de 290 especies de animales se encuentran en riesgo de extinción en El Salvador, de las cuales, el 40% son clasificadas como “en peligro” y el otro 60 % “amenazadas”, según el acuerdo 74 del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), publicado en marzo del 2015.

De acuerdo con la Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad del MARN, las especies más propensas a la extinción son aquellas víctimas del saqueo ilegal. Así como las que tienen una maduración sexual tardía y las que son fuertemente afectadas por el cambio climático o actividades humanas.

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Delito por comercializar animales en peligro de extinción

La protección general de los recursos naturales salvadoreños se rige por la Ley de Medio Ambiente. Sin embargo, las medidas para salvaguardar la fauna están contempladas en otros tres documentos: 

  • Ley de Conservación de Vida Silvestre
  • Reglamento para el Establecimiento
  • Manejo de Zoocriaderos de especies de vida silvestre y el Código Penal.

La destrucción de la vida silvestre puede castigarse con multas y hasta 5 años de cárcel, según la gravedad de la falta, establecidas en el Código Penal en el artículo 261.

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