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miércoles, 03 julio, 2024

Capturan a una red de trata de menores de edad

La trata de personas es una violación de los derechos humanos y una forma de conducta criminal que afecta a personas de todo el mundo.

Durante horas de la noche de ayer, 16 de enero, la Procuraduría General de la República de El Salvador, junto con la Policía Nacional Civil (PNC), Consejo Nacional de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia, (Conapina), Fiscalía General de la República (FGR) y la Dirección General de Migración y Extranjería de El Salvador llevaron a cabo un operativo para capturar a una red de trata de personas.

De acuerdo con el informe de las autoridades, 10 niñas, niños y adolescentes migrantes en tránsito fueron ubicados en distintos hoteles y hospedajes de San Salvador.

Ante estos casos, procedieron a la captura de 15 personas adultas en vías de investigación que viajaban con los menores, todos provenientes de Ecuador.

De los 10 casos, cinco de ellos se les dictaminó medidas de acogimiento para garantizar la protección y restitución de sus derechos. Sin embargo, el resto serán entregados a sus respectivas familias en coordinación con la embajada.

Las respectivas instituciones hacen un llamado a denunciar cualquier anomalía donde se vean afectados las niñas, niños o adolescentes a través de los siguientes medios:

  • La línea de atención 119
  • Por medio de un mensaje privado de las redes sociales de las entidades.

Delito por trata de personas

En 2000, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el Protocol to Prevent, Suppress and Punish Trafficking in Persons Especially Women and Children (Protocolo contra la trata de personas), define lo siguiente:

La trata de personas significa el reclutamiento, transporte, transferencia, albergue o recepción de personas, mediante:

  • La amenaza
  • El uso de la fuerza u otras formas de coerción
  • Secuestro
  • Fraude
  • Engaño
  • Abuso de poder o de una posición de vulnerabilidad, de dar o recibir pagos o beneficios para lograr el consentimiento de una persona que tiene control sobre otra persona, con fines de explotación.

En nuestro país, el Código Penal, enfatiza en el artículo 367 lo siguiente:

«El que, por sí o como miembro de una organización internacional, se dedique al comercio de personas con cualquier fin, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años. Si el comercio se realice con mujeres o niños salvadoreños, la sanción podrá aumentarse hasta en una tercera parte del máximo señalado».

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