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domingo, 07 julio, 2024

Condenan a 18 años de prisión a exalcalde de Zacatecoluca

Condenaron a 18 años de prisión a Salvador Hirezi, exalcalde de Zacatecoluca, y a 6 a Rafael Aguilar, exregidor de San Rafael Obrajuelo.

El exalcalde de Zacatelocula, Salvador Hirezi Morataya, y el de San Rafel Obrajuelo, Rafael Amilcar Aguilar, fueron condenados a 18 y 6 años de prisión respectivamente, por el delito de peculado. Esto, según informó la Fiscalía General de la República (FGR) en su cuenta oficial.

Video/TCS

El Tribunal Primero de Sentencia de Zacatecoluca también ordenó cárcel para exconcejales. El fiscal del caso explicó que, de las 16 personas involucradas, se logró la condena de 15.

Además, apuntó que la representación fiscal presentó pruebas documentales digitales, además de actas de vigilancia, álbumes fotográficos, y toda la información que brindó el Ministerio de Agricultura (MAG).

Video/TCS

Solo a uno no lo hallaron culpable de los delitos que se le imputaban. Por su parte, los exconcejales Dennis Córdoba Elizondo y Santos Portillo recibieron 16 años de cárcel.

Sobre la condena de los exconcejales y personas civiles, la FGR puntualizó que los delitos fueron negociaciones ilícitas, peculado y cohecho. Y que los exfuncionarios aceptaron dádivas, a cambio de otorgar compras a favor de las empresas de las personas particulares involucradas.

De acuerdo con las búsquedas, empresarios del sector transporte dieron pagos al exconcejo de la comuna de Zacatecoluca, para que aprobaran acuerdos que afectarían a la competencia.

Por otro lado, la FGR argumenta que «demostró» que la comuna de San Rafael Obrajuelo se apropió de productos destinados a la emergencia por covid-19, y para los afectados por las tormentas Cristóbal, Amanda y Eta, en el 2020.

El organismo dice que vendieron los productos de la canasta básica, por un monto de $9,900.

Cohecho y peculado

A los exalcaldes se les acusó de esos dos crímenes.

El artículo 331 del Código Penal, establece que el cohecho impropio consiste en que un funcionario o empleado público, agente de autoridad o autoridad pública, solicite o reciba dádivas, para realizar un acto propio de sus funciones. O una acción que ya había hecho antes, relativa a su cargo.

La sanción es de prisión de dos a cuatro años.

Cohecho impropio / https://www.oas.org/dil/esp/codigo_penal_el_salvador.pdf

Por su parte, el peculado, de acuerdo al artículo 325 de la misma normativa, se refiere a todos los funcionarios o empleados públicos que se apropian de dinero, valores, especies municipales o fiscales, o cualquier otra cosa mueble.

Las penas oscilan entre 6 y 15 años, dependiendo de la cantidad hurtada:

Peculado / https://www.oas.org/dil/esp/codigo_penal_el_salvador.pdf

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