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viernes, 31 enero, 2025

¡Conductora en estado de ebriedad provoca accidente!

La conductora deberá enfrentar un proceso penal, tras conducir en estado de ebriedad sobre el bulevar Constitución.

En horas de la madrugada de este día, socorristas de Comandos de Salvamento fueron alertados de un accidente de tránsito donde una mujer en aparente estado de ebriedad colisionó contra un poste y una vivienda sobre el bulevar Constitución, San Salvador.

De acuerdo con el reporte de la PNC, la conductora resultó con 137 grados de alcohol. Además, recibió atención médica y fue llevada por una ambulancia a un centro asistencial por el cuerpo de socorro. No obstante, será detenida por el delito de conducción peligrosa y provocar daños a la propiedad privada.

Video/TCS

Según los últimos datos brindados por autoridades del VMT, en lo que va del año han hecho 56,406 pruebas de alcoholemia, dando como resultado en 1,691 conductores peligrosos detenidos.

Las autoridades enfatizan que si toma no debe manejar, y si lo hace, debe ser consciente de buscar otras maneras para movilizarse. De esa manera evitará ser parte de las estadísticas de accidentabilidad.

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Delito por conducir en estado de ebriedad

Las personas detenidas deberán enfrentar un proceso penal por conducción peligrosa, al exceder los límites de alcohol.

El artículo 147-E del Código Penal estipula que el que mediante conducción temeraria de vehículo de motor transgrediere las normas de seguridad vial, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas, al manejar bajo los efectos del alcohol o las drogas, será sancionado con pena de prisión de 1 a 3 años.

Además, se le inhabilitará del derecho de conducir por igual cantidad de tiempo, y se le aplicará una multa de $57.14.

Los casos que se clasifican como conducción temeraria son:

  • Manejar en estado de ebriedad o bajo los efectos de las drogas que limiten la capacidad de conducir.
  • Disputar la vía entre vehículos.
  • Realizar competencias de velocidad en la vía pública, sin previo permiso de la autoridad competente.

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