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sábado, 07 septiembre, 2024

Cristosal se pronuncia por no respuesta de la Sala de lo Contencioso en caso de supuesto espionaje

La Sala de lo Contencioso Administrativo no ha brindado respuesta sobre el caso de supuesto espionaje a periodistas y civiles.

La organización no gubernamental, Cristosal, se pronunció el viernes por la no respuesta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, en relación con un caso de presunto espionaje a periodistas y miembros de la sociedad civil, que la ONG había pedido investigar, antes, a la Corte de Cuentas de la República (CCR).

Cristosal buscaba indagar si se usaron fondos públicos para financiar el uso del software Pegasus, que según sus desarrolladores, solo se vende a gobiernos. Sin embargo, no hubo respuesta de la Sala.

Ruth Eleonora López recordó que, previamente, se solicitó la intervención de la CCR para investigar el hecho, pero el Departamento de Participación Ciudadana, de la misma institución, dijo que ese caso correspondía a una denuncia penal, cuando la ONG pedía «una investigación«.

Video/TCS

De igual forma, puntualizó que la Sala de lo Contencioso Administrativo decidió «abstraerse» de la facultad que tiene, de revisar los actos administrativos de la administración pública, relacionados con los derechos humanos y la libertad de expresión, y de prensa:

Video/TCS

Presunto caso de espionaje

El pasado 30 de enero, Ruth Eleonora López, jefa de anticorrupción de Cristosal, visitó el foro de Debate TCS, con el fin de hablar de una denuncia que había puesto la organización, junto a la Asociación de Periodistas de El Salvador, en la Fiscalía General de la República (FGR). Por un presunto caso de espionaje a periodistas, activistas y miembros de la sociedad civil.

En ese momento, López puntualizó que habían puesto la denuncia, en un inicio, en la Corte de Cuentas, pero esta la rechazó en febrero del año 2022, por lo que Cristosal apeló la sentencia en la Sala de lo Contencioso.

Facultades de la Sala de lo Contencioso Administrativo

La Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en su artículo 14, establece que la Sala de lo Contencioso puede conocer las actuaciones de varios funcionarios del Estado, relacionadas con sus funciones administrativas.

Entre ellos, están las del:

  • Presidente y vicepresidente de la República
  • Pleno, presidente y Junta Directiva de la Asamblea Legislativa
  • Presidente, magistrados, y Corte Suprema de Justicia en pleno, y de sus respectivos presidentes.

Artículo 14 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa / https://www.asamblea.gob.sv/sites/default/files/documents/decretos/403CBD8C-A8E8-4112-9C04-0CFA592FF99F.pdf

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