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miércoles, 18 septiembre, 2024

¿Cuáles son los montos de las multas al transporte público?

$150 dólares es la sanción máxima establecida en contra de las infracciones a las normas viales, para el transporte público de pasajeros.

El día de ayer 25 de enero, la Asamblea Legislativa aprobó reformar la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

Multas

La reforma establece un incremento en el monto de las multas. Además, estas infracciones serán colocadas a propietarios o transportistas del transporte público de pasajeros. Las principales son las siguientes:

$150.00 es la sanción máxima establecida. Estas son consideradas como muy graves, y superan a las anteriores, que establecían sanciones de 57.14 dólares. Entre los delitos que se infringen a una esquela de este tipo son:

  • No portar los permisos de operación de línea
  • No portar número de ruta o rótulos de lugar de origen y destino
  • Permitir que los pasajeros viajen sentados en el lado izquierdo del conductor
  • Disputarse pasajeros poniendo en peligro la seguridad vial
  • Permitir que los pasajeros bajen por la puerta delantera y suban por la trasera
  • No respetar las paradas previamente señalizadas
  • Entre otros

$100.00 son consideradas como graves, y estas responden a los delitos:

  • Efectuar paradas en lugares no autorizados y alejados de la cuneta y acera
  • Obligar a los pasajeros a bajar de las unidades porque no se tiene cambio
  • Circular con música estridente
  • Conducir con las puertas abiertas

$50.00 son consideradas infracciones de tránsito leve, algunas de las prácticas constitutivas de delito se enlistan las siguientes:

  • No colocar la tarifa establecida de manera visible al usuario
  • Estacionarse más tiempo de lo necesario para subir y bajar a los pasajeros
  • No devolver el cambio a los pasajeros cuando éstos cancelen con billetes

Transporte de carga

$1,200 es la multa más alta establecida en la nueva reforma correspondientes a los propietarios individuales de transporte de carga (mercancías).

Las nuevos montos de las multas quedan de la siguiente manera:

  • $900.00 son consideras para aquellos transportistas que posean un sobrepeso de 2.501 kg
  • $750.00 serán amonestados si se exceden a un 750 kg
  • El límite mínimo de amonestación responde al rango de 101 kg a los 500 kg, que es meritoria de multa por $300 dólares

No obstante, $150 dólares se establecen en multas, sobre aquellas prácticas calificadas como muy graves, y superan a las de la legislación anterior, que preveían sanciones de hasta $34.29 dólares.

Algunas de las prácticas constitutivas de delito responden a: transportar materiales peligrosos en vehículos no autorizados, transportar materiales radioactivos en caravana, no portar dispositivos GPS.

$100 dólares prescriben las multas por las infracciones calificadas como graves; que son superiores a los $34.29 dólares de la ley, derogada por la recién aprobada.

Prácticas constitutivas de delito, responden a las de: carecer de un sistema de sujeción para la carga o no utilizarlos correctamente; evitar el peso de estaciones de control para verificar las dimensiones de carga, derramar toda o parte de la carga en la vía pública debido al mal asechamiento o aseguramiento de la misma.

$50 dólares se establecen en las multas por infracciones leves algunas de las infracciones definidas son: 

  • Transportar caña de azúcar sin estar debidamente rasurada
  • Carecer tapadera de metal tanto trasera como delantera, para transportar caña de azúcar en rastra o camión
  • Entre otras

Las nuevas sanciones entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

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