Los diputados de la Asamblea Legislativa recientemente aprobaron dictamen favorable para Ley de Ensayos Clínicos. Una iniciativa que permitiría a cualquier adulto dar su consentimiento con el fin de probar un medicamento, producto cosmético, terapias, suplemento nutricional o dispositivo médico.
En la discusión, el superintendente de la Regulación Sanitaria, Noé García, indicó que al dar paso a esta iniciativa se pueden “utilizar productos que ya cuenten con registro sanitario en el país. A los cuales a esos productos se les está tratando de atribuir nuevas propiedades terapéuticas, profilácticas, diagnósticas, al producto como tal”.
Pero, también, la ley facilitaría que la práctica sea con un “producto que no cuente con registro, porque es un producto nuevo en su esencia”, un ejemplo que añadió el superintendente de la Regulación Sanitaria, son aquellos relacionados con el cáncer.
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Ante esto especialistas en salud señalan que la población debe tener conocimiento de los posibles efectos secundarios. explicó el médico cirujano, David Alvarado.
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¿Cómo se actuaría con la Ley de Ensayos Clínicos?
En la iniciativa se indica que cada centro deberá ser autorizado por la Superintendencia de Regulación Sanitaria para ejecutar los proyectos de investigación y deberá realizar ajustes en la infraestructura.
En el caso de no cumplir los estándares de calidad se indica que:
“La autoridad competente tendrá la potestad de revocar la autorización y determinar las infracciones correspondientes y aplicar las respectivas multas”.
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Sanciones y faltas
Las infracciones se clasificarían en leves y serían sancionadas con una multa de 50 a 150 salarios mínimos.
Las graves con un monto de 200 a 350 salarios mínimos. Mientras que las muy graves con una multa de 400 a 550 salarios mínimos.
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