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viernes, 22 noviembre, 2024

«Estamos investigando despidos de mujeres embarazadas de instituciones públicas»: Castro

El ministro aseguró que no solo las instituciones privadas vulneran los derechos laborales de las mujeres embarazadas, también hay instituciones públicas que lo hacen.

De acuerdo con la Constitución y el Código del Trabajo, el empleo de una trabajadora es seguro durante el término de su embarazo y licencia de maternidad. Es ilegal que un empleador despida a mujeres embarazadas o teniendo la licencia de maternidad.

Ante esto, en el programa de entrevista «Frente a Frente», el ministro de Trabajo, Rolando Castro, informó sobre los diferentes proyectos laborales.

En primer lugar, el titular informó que, en el 2022, cerraron con más de 15,000 empleos formales, colocados solo en el Ministerio de Trabajo. Además, el funcionario detalló que hubo 60,000 nuevos puestos de trabajo a nivel nacional. 

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En este mismo sentido, puntualizó que han logrado colocar con el proyecto de inserción laboral de «Personas con discapacidad» a más de 3,000 personas.

Castro externó que el objetivo de dicho programa es garantizar la creación de fuentes de empleo digno y con equidad de género, tal y como establece el artículo 63 de la Ley Especial de Inclusión de Las Personas con Discapacidad, que estipula que por cada 20 trabajadores como mínimo de emplearse a una persona con discapacidad.

Asimismo, Castro especificó que los jóvenes de 18 años que no tienen experiencia laboral y mujeres de 40 están siendo beneficiados.

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Investigaciones por despidos de mujeres embarazadas

Durante la entrevista, el ministro se pronunció contra empresas privadas e instituciones públicas que han despedido a mujeres embarazadas. Por lo que están llevando a cabo una investigación para que sus derechos no sean vulnerados.

Video/TCS

Finalmente, el ministro acotó que la ley salvadoreña también establece que las trabajadoras que están en período de lactancia tienen derecho a una hora diaria de permiso para tal fin.

Esta se puede dividir en dos medias horas, si así lo solicitan. Este permiso también es remunerado. Además, está contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Promoción y Apoyo a la Lactancia Materna.

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