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jueves, 19 septiembre, 2024

FGR inició audiencia de sentencia a bienes de ciudadano guatemalteco

La FGR realizó audiencia para que los bienes de un ciudadano guatemalteco, vinculados a actividades ilícitas, sean transferidos al Estado.

Este día, la Fiscalía General de la República (FGR) ha informado, a través de la cuenta X, que han llevado a cabo audiencia de sentencia para diversos bienes a nombre de Bernardo Santos Carmona (quien es ciudadano guatemalteco) pasen a manos del Estado, ya que están vinculados a actividades ilícitas.

Además, la FGR informó que Santos Carmona fue detenido en flagrancia el 4 de marzo del 2020. Después de haber ingresado en la frontera La Hachadura, en San Francisco Menéndez, Ahuachapán, y no haber declarado grandes cantidades de dinero en la aduana.

Asimismo, las autoridades mencionaron que busca que $16,400.00 dólares, Q32,775.00, un microbús y $50.00 pesos mexicanos, pasen ser administrados por el Estado.

También, señalaron que al momento de su detención, Santos Carmoma se encontraba acompañado del salvadoreño Luis Ernesto Avendaño Arboes.

Ambos fueron capturados a la altura del kilómetro 108 de la carretera Litoral de San Francisco Menéndez, en un retén policial de rutina, mientras transportaban una parte del dinero en efectivo adherido a su cuerpo, otra escondida abajo de los asientos y en la paquetera.

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Defraudación de la renta de aduanas por bienes

De acuerdo el Art. 19., los procesados y condenados por el delito de contrabando no gozan de los beneficios de la excarcelación ni de la remisión condicional de la pena. Tampoco tendrán derecho a dicha remisión condicional los condenados por el delito de defraudación. Quienes solamente podrán ser excarcelados durante la tramitación del juicio, siempre que consignen la cantidad de dinero que fije el Juez.

Tomando en cuenta el monto de la defraudación y que no hubieren sido condenados anteriormente por contrabando o defraudación ni se trate de empleados o funcionarios públicos.

Declaración de transporte de moneda o instrumentos monetarios

Según este formulario, aplica en caso de que a su ingreso al territorio nacional. El viajero, lleve consigo cantidades de dinero en efectivo, cheques u otro instrumento monetario superiores a $10,000. o su equivalente en otras monedas.

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