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domingo, 07 julio, 2024

FGR presenta pruebas contra exalcaldes por negociaciones ilícitas

Ayer continuó el proceso contra los exalcaldes de Zacatecoluca y San Rafael Obrejuelo, por presuntas negociaciones ilícitas y cohecho.

Ayer, la Fiscalía General de la República (FGR) presentó una serie de pruebas ante el Tribunal Primero de Sentencia de Zacatecoluca, contra los exalcaldes Salvador Francisco Morataya, de Zacatecoluca, y Rafael Aguilar, de San Rafael Obrajuelo. Ambos municipios ubicados en el departamento de la Paz.

Según explicó el fiscal del caso, los presuntos delitos, son:

  • Negociaciones ilícitas
  • Cohecho impropio
  • Peculado (en el caso de Aguilar, por presunta apropiación de insumos agrícolas del Ministerio de Agricultura y Ganadería)

Por otro lado, a los particulares que también se les juzga, se les acusa de cohecho activo. Y hay un particular más al que se le procesa por tenencia, portación, y conducción ilegal.

Video/TCS

El fiscal, en un video publicado en la cuenta oficial de Twitter de la FGR, reveló que se encuentran en la etapa de desarrollo y producción de la prueba digital, para acreditar la participación de los procesados, y la existencia de los supuestos hechos delictivos.

Entre los elementos probatorios, que fueron admitidos por el juzgado, para su paso a juicio, se incluyeron:

  • Prueba documental y pericial
  • Vigilancia y seguimiento por parte de agentes de policía
  • Fotografías
  • Vídeos.

«Hay una serie de pruebas que confirman las actividades que intentamos probar con certeza«, sentenció.

¿Qué es cohecho y peculado?

A los exalcaldes se les acusa de esos dos crímenes.

El artículo 331 del Código Penal, establece que el cohecho impropio consiste en que un funcionario o empleado público, agente de autoridad o autoridad pública, solicite o reciba dádivas, para realizar un acto propio de sus funciones. O una acción que ya había hecho antes, relativa a su cargo.

La sanción es de prisión de dos a cuatro años.

Cohecho impropio / https://www.oas.org/dil/esp/codigo_penal_el_salvador.pdf

Por su parte, el peculado, de acuerdo al artículo 325 de la misma normativa, se refiere a todos los funcionarios o empleados públicos que se apropian de dinero, valores, especies municipales o fiscales, o cualquier otra cosa mueble.

Las penas oscilan entre 6 y 15 años, dependiendo de la cantidad hurtada:

Cohecho impropio / https://www.oas.org/dil/esp/codigo_penal_el_salvador.pdf

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