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El Salvador
miércoles, 13 noviembre, 2024

FGR y PNC verifican droga para ser destruida

La FGR, junto a la PNC, realizan la inspección de varios paquetes de droga que serán destruidos como parte del protocolo de incautación.

La Fiscalía General de la República (FGR), en conjunto con la Policía Nacional Civil (PNC), se encargan de verificar la droga incautada el pasado 12 de octubre en aguas salvadoreñas, encontradas a seis extranjeros. Dicha inspección se realiza como parte del protocolo ante este tipo de casos.

El objetivo es destruirla por completo. Según las investigaciones sobre este caso, la droga tiene un valor comercial de $38 millones.

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Actualización del caso tráfico de droga en altamar

El pasado 6 de noviembre, la Fiscalía presentó el requerimiento contra estos seis extranjeros por los delitos de tenencia y tráfico de droga. Dicha acusación fue establecida ante el Juzgado de Paz de San Luis La Herradura.

Los involucrados responden a los nombres de:

  • Carlos Alfredo Catuto Malave
  • Junior Alexander Lucas Mero
  • Manuel Enrique de la Rosa González
  • Fermín Cortez Leiva
  • Félix José Rosales García
  • Abel Ramos Meza

El fiscal del caso ha mencionado que, como parte de las medidas que se les imponga a las personas, es la detención provisional.

Los seis fueron interceptados por la Fuerza Naval del país el pasado 12 de octubre. Se contabilizaron 1,551 kilos de cocaína, dando el valor total en dinero antes mencionado. Tras dicha incautación, días después, también se capturó a otras tres personas (todas de nacionalidad mexicana), quienes transportaban 19.69 gramos de marihuana y 6.8 gramos de cocaína.

¿Qué dice la ley?

La Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en el capítulo IV de los delitos de posesión y tenencia, en los artículos 36 y 37, estipulan lo siguiente:

Artículo 36.- El que sin autorización legal adquiere, enajenaré a cualquier título, importaré, exportaré, depositaré, almacenaré, transportaré, distribuyere, suministraré, vendiere, expendiere o realizaré cualquier otra actividad de tráfico, de semillas, hojas, plantas, florescencias o las sustancias o productos que se mencionan en el artículo 34, se le sancionará con prisión de cinco a quince años.

Posesión y Tenencia

Artículo 37.- El que sin autorización legal posea o tenga:

  • Semillas
  • Hojas
  • Florescencias.
  • Plantas o parte de ellas, o drogas, se le sancionará con prisión de tres a seis años.

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