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jueves, 19 septiembre, 2024

Habitantes de La Campanera aprueban medida de régimen de excepción

Durante el régimen de excepción en El Salvador, se han recuperado alrededor de 500 viviendas que habían sido usurpadas o abandonadas en La Campanera.

Hoy se cumple un año desde que el Gobierno de El Salvador implementó el régimen de excepción, aprobado por la Asamblea Legislativa en marzo del año pasado. Desde entonces, este régimen ha estado en vigor sin interrupción bajo el mandato del presidente Nayib Bukele

La decisión fue tomada luego de un estallido de violencia que dejo más de 70 homicidios durante un fin de semana. Actualmente, las autoridades afirman que la medida ha permitido desarticular a los grupos criminales que operaban en el territorio.

Además, ha resultado en una reducción significativa de delitos como homicidios, extorsiones y desapariciones de personas. Hasta la fecha, el régimen de excepción ha sido prorrogado en 12 ocasiones.

Régimen de excepción en La Campanera

Hace un año, los operativos de las fuerzas de seguridad eran frecuentes en distintos lugares; tal es el caso de la colonia La Campanera, en el municipio de Soyapango, donde agentes policiales y militares armados entraban casa por casa para extraer a miembros de las estructuras criminales que asediaban a los pobladores.

Video TCS/ Reportaje elaborado por: Lidia Magaña.

De acuerdo al Fondo Social para la Vivienda, en La Campanera se han recuperado alrededor de 500 viviendas usurpadas o abandonadas. Residentes del lugar aprueban el Régimen de Excepción, porque aseguran que les da tranquilidad en el lugar.

Según el Ministerio de Defensa, desde que inició el régimen, han realizado 66,417 capturas; además, el decomiso de 2,577 armas de fuego, 3,292 vehículos, 15,878 teléfonos celulares y 3 millones de dólares en efectivo.

Garantías suspendidas

El régimen de excepción suspende las siguientes garantías constitucionales:

  • La no violación a la correspondencia y telecomunicaciones (Art. 24).
  • La duración máxima de detención administrativa (Art. 13, inc. 2).
  • El derecho a ser informado de las razones de la detención, entre otras cosas (Art. 12, inc. 2).

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