La Fiscalía General de la República (FGR) juramentó a un perito que será el encargado de analizar y determinar el incremento patrimonial de David Rivas. En el proceso civil en su contra y el de su grupo familiar.
El exsecretario de comunicaciones, David Rivas, desempeñó su cargo durante el periodo del expresidente Mauricio Funes, entre el 2009 y 2014.
Rivas está acusado de enriquecimiento ilícito, por una cantidad de $308,252.08. Además, su familia está involucrada por varias irregularidades que encontraron las autoridades.
Te podría interesar
La audiencia se desarrolló en la Cámara Ambiental de Segunda Instancia de Santa Tecla, así lo informó la institución.
Por este caso, la fiscal dijo lo siguiente:
“Se comparece a esta audiencia especial para juramentar al perito judicial financiero contable nombrado por la referida Cámara (…) El peritaje se solicitó en la audiencia preparatoria celebrada este año a efectos de determinar la cuantía que deberán de restituir al Estado salvadoreño en consecuencia del enriquecimiento ilícito”
¿Por qué los acusan?
Según la FGR, el grupo familiar de Rivas está acusada por lo siguiente:
- David Rivas: se le encontró 5 irregularidades en depósitos bancarios, pagos de tarjetas de crédito y diferencias entre sus ingresos y gastos, por la cantidad de $265,055.49.
- María Auxiliadora Méndez Beltrán, su exesposa: le reclaman 6 irregularidades en depósitos bancarios, apertura de depósitos a plazo, compra de vehículos, pagos de tarjetas de crédito y diferencias entre sus ingresos y egresos, por un monto de $31,496.59.
- David Alejandro Rivas Méndez, su hijo: está señalado por una irregularidad en depósitos en efectivo a cuentas de ahorro por una suma de $11,700.00.
Si quieres conocer información relacionada sobre casos de la Fiscalía, ingresa a este enlace: Acusan a 19 personas por caso Asocambio
Definición de perito
Un perito es una persona experta en un área determinada. Es llamado para opinar en un proceso y actúa como fuente de consulta para la resolución de conflictos. Además, hay peritos judiciales nombrados por el juez y peritos de parte, propuestos por los involucrados.
Según el artículo 375, inciso segundo, del Código Procesal Civil y Mercantil establece que, todo perito deberá manifestar en su dictamen la promesa o juramento de decir verdad, así como el hecho de que ha actuado y actuará con objetividad, así lo menciona el sitio de la Corte Suprema de Justicia.
Te podría interesar: Jorge Castaneda es el nuevo presidente de ANDA