Rolando Castro, ministro de Trabajo y Previsión Social, reiteró en Frente a Frente, de TCS, que la revisión del salario mínimo sobrepasa la decisión política y objetiva de dicha cartera de Estado; por lo que están a la espera de alguna directriz.
El Código de Trabajo establece que el salario mínimo se debe revisar cada tres años, a partir del costo de la vida; sin embargo, esta norma no se ha cumplido en El Salvador, ya que el último ajuste se aplicó en agosto de 2021.
Castro aceptó lo anterior, diciendo: “No se ha hecho (revisión al salario mínimo). Esto pasa no solo por la arista del Ministerio de Trabajo, que tiene un enfoque eminentemente laboral y que nosotros en alguna medida, estamos conscientes que la estructura salarial en el país es bastante deficiente»… lo que tiene que ver con el sistema previsional”.
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Según datos del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS), el 74 % – 75 % de la clase trabajadora del este país, gana el salario mínimo.
En El Salvador, el salario mínimo menor ronda los $243.46 para el sector agropecuario y actividades agrícolas; mientras que el salario mínimo mayor los trabajadores, es el del sector de comercio, quienes reciben $365.
El tema de revisión del salario mínimo sería visto en un inicio por el presidente de la República, Nayib Bukele; luego, se convocaría al Consejo Nacional del Salario Mínimo para que lo defina.
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“En realidad, hay un clamor bastante fuerte, y con justa razón, un clamor colectivo. El presidente es un hombre que sabe escuchar a la población. Estoy claro que lo más seguro, esto es de tiempo, para toma de decisiones”, subrayó Castro.
Salario y pensiones
También, el titular de Trabajo habló sobre la Cuenta de Garantía Solidaria (CGS), que es una cuenta colectiva que se utiliza para pagar pensiones a los jubilados.
Precisamente, sobre la CGS – creada en la reforma de pensiones de 2017 – el Fondo Monetario Internacional (FMI) ha confirmado que se agotará en 2027. Esto se espera, debido a que los ingresos y los remanentes capitalizados de la CGS, no serán suficientes para hacer frente a sus obligaciones.
“Estamos claros que hay una realidad: en la reforma que nosotros hicimos, no se contemplaron medidas paramétricas, porque las medidas paramétricas son fundamentalmente el incremento de la edad”, dijo Castro.
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Durante la entrevista, el funcionario leyó el artículo 76 de dicha reforma, que detalla que le corresponderá al Instituto Salvadoreño de Pensiones garantizar las obligaciones del fondo, en caso que dicha participación resultare insuficiente, le corresponderá al Estado concurrir para regular la situación; por lo que ambos, en el momento en que corresponda, harán las transferencias de recursos que sean necesarias, para solventar cualquier desequilibrio financiero salarial o de liquidez.
“Si existe un desequilibrio financiero para la sostenibilidad del sistema previsional, será el Estado en conjunto con el Instituto que garantiza el sistema previsional. De que está garantizado el sistema previsional, las pensiones a nuestro pueblo, está garantizado. ¿Que vale la pena hacer una revisión del sistema previsional en El Salvador? Claro, todo sistema es perfectible”, acotó el ministro.
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