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jueves, 19 septiembre, 2024

«No hay pensión mínima de $400»: Mesa por Pensión Digna

Un representante de la Mesa por una Pensión Digna habló en Debate TCS sobre el reciente decreto de retiro voluntario de empleados públicos.

Patricio Pineda, representante de la Mesa por una Pensión Digna, visitó el foro de Debate TCS, con el fin de hablar del último decreto de retiro voluntario para todos los trabajadores del sector público ya pensionados o jubilados que se encuentren laborando aún. Además, habló de la pensión.

Pensiones de $400

Pineda apuntó que no existe, en sentido estricto, la pensión mínima de $400, pues según el artículo 114 de la nueva ley de pensiones, sigue quedando en $304.17.

Pensiones mínimas / https://ssf.gob.sv/wp-content/uploads/2023/02/Ley-Integral-del-Sistema-de-Pensiones.pdf

Lo que ocurre es que, si el cálculo de la pensión no llega hasta $390, después de haber aplicado el 30%, no se recibirán $400, sino una cantidad más baja.

En cambio, si se alcanza esa cifra, sí se devengarán los $400, por aproximación.

Video/TCS

El artículo 98 establece los montos de aproximación. Para recibir $400, es necesario alcanzar los $390 luego del incremento del 30%. En caso contrario, no se obtendrá dicha cifra.

Aproximaciones / https://ssf.gob.sv/wp-content/uploads/2023/02/Ley-Integral-del-Sistema-de-Pensiones.pdf

Por otro lado, Pineda opinó que, para mejorar la rentabilidad del trabajador, hay que «ampliar el abanico de inversiones» y establecer normas con estándares internacionales estables.

Además de reformar el mercado de valores internos, en el sentido de que las empresas más grandes y exitosas de El Salvador «sean públicas», pero no expropiando, sino que coticen en la bolsa de valores, de modo que cualquiera pueda comprar acciones y ser dueño del capital de la compañía.

Datos en reserva

Según él, algunas instituciones han puesto datos «en reserva«. Y apuntó que la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) no presenta boletines ni informes financieros desde diciembre, lo que considera «delicado».

Video/TCS

Decreto de retiro voluntario para empleados públicos

Este establece que el monto de compensación por renuncia podrá llegar a ser de hasta $25,000 en algunos casos, tomando en cuenta el último salario devengado, y la cantidad de años laborados.

Sobre este, Pineda dijo que no le parece «ni bueno ni malo«, y que dependerá de los recursos de cada institución si es capaz financieramente de aplicarlo, pues es la que tiene que dar la compensación.

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Por ese lado, apuntó que si la entidad no cuenta con los mismos, la persona deberá hacer su gestión con Hacienda. Por lo que surge la duda si todos los organismos disponen de los fondos para cumplir el decreto.

También, recordó que hay muchas instituciones en el país que cuentan con contratación colectiva, y que, en algunos casos, las cláusulas de indemnización por cese de labores (ya sea por despido o por renuncia), son más «beneficiosas» para el empleado que lo que puede obtener con el decreto.

Diferencia entre jubilado y pensionado

Según él, en la normativa se «confunde» los términos jubilado y pensionado, que no son lo mismo. Pues el primero es aquel que, de forma obligatoria o voluntaria, tarde o temprano, tendrá que cesar en sus labores. Sin embargo, no implica que cada mes le pagarán un ingreso que sustituya su salario.

En cambio, el segundo refiere a aquel que se retira, de forma voluntaria y a veces obligatoria, y sí recibe un ingreso que sustituye su salario, dado que cumplió requisitos de ley, y el cual lo entrega la institución a la que se afilió.

Video/TCS

La propuesta de Pineda

Asimismo, lanzó una propuesta a los diputados de la República, para el caso de las instituciones que no tienen contrato colectivo ni política laboral que mejore el monto a recibir. Consta de darle una cuota mensual al trabajador pensionado que también obtiene salario, en lugar de dos desembolsos de gran cantidad.

Video/TCS

De igual forma, recomendó a los empleados que revisen si su institución tiene contrato colectivo, y que vean las cláusulas relacionadas con indemnización por renuncia o despido, y su monto respectivo, para que tomen la decisión más conveniente.

Asimismo, recordó que el retiro es voluntario, por lo que nadie puede recibir coacciones para que renuncie a su empleo.

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