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viernes, 22 noviembre, 2024

Restricciones al momento de nombrar un recién nacido

A continuación, se detallan las restricciones que se tienen que tomar en cuenta, cuando es necesario nombrar a un menor de edad.

Con el paso de una generación a otra, ciertos nombres quedan en desuso. Muchos, incluso, llegan a ser considerados “no aptos” para utilizarlos en la actualidad.

Por esta razón, ahora le presentamos las restricciones al momento de nombrar a un recién nacido, y qué requisitos se deben cumplir para realzar este derecho en los menores de edad.

Algunos pobladores mencionan que unos nombres considerados “raros”, con el paso de los días, ya se volvieron comunes, y perdieron vigencia, tomando otros un mayor realce, según datos oficiales.

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La jefa del Registro del Estado Familiar de Santa Tecla, Margarita Garay, indica que, tomando en cuenta la realidad y la abundante información que se genera en las redes sociales y medios de comunicación, es más fácil que los padres de familia opten por nombres que descubren por estas vías.

En algunos casos, cambian la palabra transfiriéndola a su versión en otro idioma. Un ejemplo, sustituir Antonio por Anthony.

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¿Leyes que amparan el derecho de nombrar a la persona?

En el artículo 36 de la Constitución salvadoreña, inciso tercero, se define que todos tienen derecho a tener un nombre que los identifique. Y agrega que “la ley secundaria regulará esta materia”.

Tomando en cuenta este artículo, se garantiza que los derechos, deberes y obligaciones sean respetados. Al respecto, Karla Olivares, jefa del Área Jurídica del Estado Familiar de la Alcaldía de San Salvador, menciona la importancia de extender la partida de nacimiento, y lo que significa en la vida jurídica de alguien.

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En agosto de 1990, entró en vigor la Ley del Nombre de la Persona Natural. En ella, se establecen los criterios que se deben aplicar para que los nombres se inscriban en el Registro Familiar:

  • No debe ser impropio de persona respectiva.
  • No puede ser equívoco con respecto al sexo.
  • No tiene que dañar la dignidad humana.

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En las alcaldías de San Salvador y Santa Tecla sí permiten nombres extranjeros, siempre y cuando se cumplan los requisitos antes mencionados.

Pese a que existe orientación, si llegara a requerirse por parte de los padres, los expertos en salud mental recuerdan que, el nombre elegido, será la presentación personal de su hijo o hija, para toda la vida.

Video/TCS/Reportaje Elaborado por: Damaris Gómez

Nombres más comunes en el país

Imagen: TCS.

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