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jueves, 19 septiembre, 2024

¿Sabía usted que puede cambiar su nombre?

Es preciso conocer las circunstancias que permite la Ley del Nombre de la Persona Natural, para cambiar el nombre o apellido de las personas.

Es preciso conocer en qué circunstancias puede cambiar, de manera legal, su nombre. Un derecho establecido en el país, por la Ley del Nombre de la Persona Natural.

Todos tenemos un nombre, el cual se puso para poseer una identidad. Este es un derecho que se goza desde el nacimiento de la persona. Sin embargo, la población tiene la facultad de realizar cambios, cuando la circunstancia lo amerite.

Yolanda de Albanés es una salvadoreña que hizo efectiva esa opción. Manifestó que, cualquier lugar que ella visitaba o en el que tramitaba algún proceso, la gente tenía dificultad al momento de pronunciar su nombre.

Video/TCS

Según el artículo 23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, el nombre puede modificarse en diferentes contextos:

“En los casos de homonimia (tener el nombre idéntico al de otra persona), cualquiera de los interesados tendrá derecho a solicitar que se cambie su nombre propio”. Es decir, puede actuarse cuando exista confusión con un objeto o caso. Un ejemplo es «Estrella«.

La ley señala, además, que también “procederá el cambio del nombre propio o del apellido, por una sola vez, cuando fuere equívoco respecto del sexo, impropio de persona, lesivo a la dignidad humana”.

¿Cómo puede ejecutar un extranjero el cambio de nombre si quisiera castellanizarlo (convertirlo en su variante en español) o sustituirlo por uno de uso común?

La abogada, Cristina López, señala que la Ley Procesal de Familia de El Salvador, explica que el trámite que debe hacerse es de diligencia de jurisdicción voluntaria.

Inicia cuando se entrega la solicitud, se examina y programa una audiencia donde se muestran las pruebas. Este es un proceso abreviado, o sea, es de fácil acceso para la ciudadanía.

Video/TCS/Reportaje Elaborado por: Ricardo Grijalva

La ley agrega que el interesado deberá acompañar constancias expedidas por las autoridades respectivas, que muestren que no tiene antecedentes penales.

Al admitirse la solicitud, el juez hará saber, mediante una publicación en el Diario Oficial, el cambio. “Cualquier persona a quien afectare el cambio o modificación podrá presentar oposición, dentro de los diez días siguientes a la última publicación”. Transcurrido el término de la misma, la petición se tramitará.

¿Se puede cambiar el apellido?

El abogado Ernesto Aguilar explica las ocasiones en que puede ejercerse la modificación de apellido.

Video/TCS

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